De cómo Gran
Bretaña nos despojó de la Guayana Esequiba con la ayuda del imperio
Carlos E. Lippo
"El sol de Venezuela sale
por el Esequibo"
Consigna de la FANB
Con
arreglo al conocido principio del “Utis
Possidetis Juris” (del latín: "como poseías de acuerdo al derecho, poseerás"),
la constitución venezolana de 1830, promulgada una vez desintegrada “La Gran Colombia”, establecía que el
territorio del Estado de Venezuela, nombre que se daba por aquellos días a la
actual República Bolivariana de Venezuela, comprendía todo aquel que hasta 1810
se denominó Capitanía General de Venezuela; estando plenamente establecido que
la mencionada entidad colonial limitaba por el este con la Guayana Holandesa,
sirviendo de frontera natural entre ambos territorios, el río Esequibo desde su
nacimiento hasta su desembocadura en el océano Atlántico. En prueba de lo
anterior es posible señalar que existe un mapa publicado en Londres en 1810, en
el cual se muestra el territorio de la Guayana venezolana y el de la holandesa,
teniendo como línea fronteriza el río Esequibo; el interés del citado mapa se
centra en que fue editado en una época en la cual Gran Bretaña no tenía
oficialmente ninguna propiedad sobre estos territorios y desde luego, en el
hecho nada desestimable, de que el mapa fue publicado en Londres.
Sin
embargo es el caso que en junio de 1803, Gran Bretaña invade la región situada
entre los ríos Esequibo y Demerara y se mantiene allí por la fuerza hasta que
el 13 de agosto de 1814 logra firmar el Tratado de Londres, mediante el cual
Holanda se ve obligada a ceder sus establecimientos de Demerara, Esequibo y
Berbice, con una extensión aproximada de 51.700 kilómetros cuadrados. Con estos
tres territorios cedidos por Holanda, todos ellos situados al este del río
Esequibo se conforma la "Guayana
Británica" el 31 de julio de 1831. Resulta totalmente claro entonces
que Gran Bretaña no tenía ni nunca ha tenido posesión alguna al oeste del río
Esequibo.
En
marzo de 1845, al reconocer España la independencia de Venezuela, se firma un
tratado mediante el cual la antigua metrópoli reconocía que el territorio
venezolano era el que tenía la Capitanía General en el año de 1810, incluyendo
allí la Provincia de Guayana, que limitaba al este con el río Esequibo;
territorio que Gran Bretaña estaba obligado a respetar, por extensión del
tratado de Utrecht de 1713, en el que ella se había comprometido a respetar la integridad
de los territorios españoles en América.
Pero
como ningún imperio respeta sus compromisos, un joven naturalista prusiano
de nombre Robert H. Schomburgk, que es
enviado por el gobierno británico a explorar y delimitar las posesiones
holandesas cedidas a los británicos por el Tratado de Londres de 1814, asigna
unos 4.920 Km2 de territorio venezolano al oeste del Esequibo, a la Guayana
Británica; despojo que es incrementado en años subsiguientes, llegando a unos
141.930 Km2 en 1840, siendo necesario agregar que tal despojo es apuntalado con
la colocación de postes en sitio y la publicación de nuevos mapas.
A
pesar de las protestas oficiales de Venezuela y de su propuesta de suscribir un
acuerdo de límites, los abusos del imperio británico continúan y a partir de la
muerte del prusiano Schomburgk en 1865, todas las alteraciones a los mapas de
la región son efectuadas por el propio gobierno británico; de manera que para
1877 aparece uno de esos mapas adulterados que incluía ya unos 167.830 Km2 de
tierra venezolana y para intentar legalizar el fraude, en junio de 1886 se
ordena rectificar la frontera de acuerdo a ello y destruir las copias de los
anteriores mapas.
Venezuela
se mueve entonces en la dirección de solicitar un arbitraje internacional para
intentar solucionar el conflicto límites, a lo que se niega el imperio
británico en múltiples oportunidades.
La
negativa de los británicos a someter la cuestión a arbitraje obedece sin duda
alguna a que se sabían sin derechos legales para apoyar sus espurias
pretensiones, tal como se desprende de estos fragmentos del contenido de un
memorándum del ministerio del exterior inglés, firmado por Sir E. Hertslet: "… yo diría que nosotros no podemos
presentar el caso a arbitraje ni siquiera con pequeñas esperanzas de éxito,
dadas las contradictorias líneas que hemos reclamado, presentadas en los mapas
públicos ingleses...” y “… ha de
considerarse que el argumento basado en razones de estricto derecho no tiene
salida alguna".
Previendo
que más temprano que tarde tendrían que someterse a un arbitraje, los ingleses
se disponen a usurpar más territorios venezolanos y es en el desarrollo de esta
ilegal política que toman por la fuerza las Bocas del Orinoco en el año 1884.
Oportuno es reiterar que fuera de estas ocupaciones ilegales, Gran Bretaña no
tenía ninguna posesión efectiva al oeste del río Esequibo, como así lo
demuestran los escritos de connotados hombres de ciencia británicos de la época
tales como: Mr. C. Barrington Brown, geólogo del gobierno inglés, en 1875; Sir
Clements R. Markham, en 1876; Mr. Thurn, que los leyó en la Real Sociedad
Geográfica de Londres en 1892; así como Mr. Rodway, que los publicó en un
manual editado en 1893.
También
es oportuno señalar que en el marco de su accionar para intentar repeler lo que
a todas luces era una invasión de los británicos, el gobierno venezolano invocó en mayo de 1887 la aplicación de la
Doctrina Monroe, a pesar de que tres años antes el gobierno estadounidense
había manifestado que no consideraba procedente su aplicación en un caso como
el de Venezuela, decisión que encierra una flagrante contradicción, pero que
tenía un funesto precedente en el caso de la invasión británica a Las Malvinas
Argentinas, en 1833.
El
continuado avance del invasor inglés y su renuencia someter a arbitraje la
delimitación de las fronteras obligó al gobierno venezolano de la época a
romper las relaciones diplomáticas con el imperio británico en febrero de 1887
pero a pesar de ello, los ingleses ocupan la margen derecha del río Cuyuní en
1894.
Finalmente,
en febrero de 1897, los gobiernos de los Estados Unidos de Venezuela y del
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda, firman un acuerdo, por el cual ambos
países consienten en arreglar, amistosamente, el problema de límites entre
Venezuela y la Guayana Británica.
Para
tal fin, sometieron la disputa a un arbitraje, siendo necesario señalar que el
tribunal arbitral, propuesto por el gobierno de los Estados Unidos, quedó
integrado por: dos jueces norteamericanos; dos jueces británicos; y un quinto
juez, de nacionalidad rusa, harto conocido por su dependencia del alcohol, que
fue nombrado presidente. ¿Cómo podría administrar justicia un cuerpo
colegiado como éste, en el cual al menos dos de sus miembros son
manifiestamente jueces y partes?
Tan
agobiado estaba nuestro país ante las presiones de los dos colosos, que decide
nombrar como abogados para que nos asistieran ante el tribunal arbitral, a un
grupo de personalidades del foro angloamericano, entre los cuales se
encontraban Benjamín Harrison, ex presidente norteamericano Severo
Mallet-Prevost. De nada sirvieron los alegatos y contra-alegatos de este
brillante cuerpo de juristas; el 3 de octubre de 1899, en Paris, los jueces en
forma totalmente arbitraria sentenciaron a favor de Gran Bretaña, permitiéndole
usurpar 159.500 Km2, territorio que abarcaba, y abarca, nuestra Guayana
Esequiba.
Es
imprescindible hacer notar que Benjamín Harrison, al iniciar su exposición de
los argumentos venezolanos, afirmó enfáticamente que "le era difícil convencerse que cualquier inglés pudiera servir de
árbitro imparcial en un asunto en que se tratase de la soberanía sobre tierras
reclamadas por Inglaterra como suyas"; así como también que el abogado
Severo Mallet-Prevost, en su testamento señaló, como muestra inequívoca del flagrante
despojo del que fuimos víctima: “Si bien es cierto que en la decisión el
tribunal le dio a Venezuela el sector en litigio más importante desde el punto
de vista estratégico, como lo es la desembocadura del Orinoco, fue injusta para
Venezuela y la despojó de un territorio muy extenso e importante, sobre el cual
la Gran Bretaña no tenía, en mi opinión, la menor sombra de derecho”.
Ante
la presión generada por la ONU a causa de una reclamación hecha por Venezuela
en 1962, Gran Bretaña accede a reunirse con Venezuela y ambos gobiernos
suscriben el 16 de febrero de 1966 el llamado “Acuerdo de Ginebra”, que declara nulo e írrito el “Laudo Arbitral de Paris” y establece
que se designaría una comisión mixta que debía actuar durante cuatro años y
presentar informes a ambos gobiernos cada seis meses. Si al cabo de los cuatro
años no se llegaba a una solución satisfactoria del problema, éste debía
resolverse por los medios pacíficos previstos en la Carta de las Naciones
Unidas.
Sabiendo
que le sería imposible demostrar la titularidad sobre un solo centímetro
cuadrado de los territorios usurpados, la corona británica opta por conceder la
independencia a la Guayana Británica, creando la República de Guyana, adscrita
por supuesto a la Comunidad Británica de Naciones. Tres meses y nueve días
después de la firma del "Acuerdo de
Ginebra", la colonia inglesa Guayana Británica, que es parte del
tratado, conjuntamente con Venezuela y el Reino Unido, se independiza. Ese
mismo día, 26 de mayo, el Gobierno de Venezuela le otorga su reconocimiento,
pero haciendo clara reserva de su reclamación de la Guayana Esequiba, en los
siguientes términos: el reconocimiento "que
Venezuela hace del nuevo Estado de Guyana, no implica por parte de nuestro país
renuncia o disminución de los derechos territoriales reclamados, ni de ninguna
manera afecta los derechos de soberanía que se desprenden de la reclamación
surgida de la contención venezolana de que el llamado Laudo Arbitral de París
de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y la Guayana Británica, es nulo e
írrito”.
Es
más que evidente que se trataba de una “independencia”
que buscaba desviar la atención del “Poderoso
Imperio Ingles invadiendo un territorio venezolano”, para colocar el asunto
limítrofe en manos de “débiles colonos
libres”, aunque sometidos a la autoridad de la reina de Inglaterra, quien
es a todo efecto su jefe de estado.
La
nueva República de Guyana, trató de evadir la negociación y de obstaculizar las
gestiones, según lo establecido en el “Acuerdo
de Ginebra”; por esta razón y por considerar que el momento no era propicio
para la aplicación del mismo, en 1970 Venezuela negoció y suscribió con Guyana
el denominado “Protocolo de Puerto
España”, el cual acordó en ese momento congelar las negociaciones entre
ambos países por un lapso de doce años.
En
diciembre de 1981, el gobierno de Venezuela anunció al gobierno de Guyana su
decisión de no seguir aplicando el “Protocolo
de Puerto España”, el cual cumplía los doce años el 18 de junio de 1982. En
consecuencia, la controversia volvió nuevamente a regirse por el “Acuerdo de Ginebra” y por los medios de
solución pacífica de la Carta de las Naciones Unidas.
Con
apego a dicho acuerdo, Venezuela propone iniciar negociaciones directas entre
ambos países, pero Guyana se niega
proponiendo tres opciones: Asamblea General de la ONU, Consejo de
Seguridad o Corte Internacional de Justicia; Venezuela rechaza estas opciones.
Siempre
dentro del espíritu del “Acuerdo de
Ginebra”, Venezuela propone y Guyana acepta, el método de los “Buenos Oficios”, que se mantiene
vigente hasta el 2014, bajo la conducción de tres “buenos oficiantes diferentes”, designados de común acuerdo por
ambas naciones.
Es
necesario y oportuno apuntar que la República Cooperativa de Guyana, bajo la
evidente tutela del gobierno del Reino Unido, no sólo ha tratado de hacer
fracasar cualquier iniciativa de arreglo enmarcada en el “Acuerdo de Ginebra”, sino que lo ha violado flagrantemente en lo
atinente a no otorgar concesiones de exploración y explotación en los
territorios en reclamación desde 1993; siendo prueba evidente de ello: las
otorgadas en 1999 a las empresas petroleras CGX Energy, Exxon Mobil, Shell y
Anadarko, para exploración y explotación costa afuera y la concedida en el 2000
a la Beal Aerospace Technologies Inc., para la construcción de una base para el
lanzamiento de satélites. Todas ellas rechazadas por Venezuela por medio de los
medios diplomáticos establecidos.
Pero
las actividades derivadas del otorgamiento ilegal de concesiones por parte de
Guyana se mantienen, produciéndose en el 2013 una incursión ilegal en aguas
jurisdiccionales venezolanas del buque de investigación oceanográfica RV Teknik
Perdana, que al ser apresado por las autoridades genera una injustificada
protesta por parte de Guyana. También se incrementan en el 2014 las actividades
del Prospector, de la empresa CGX Energy, para realizar estudios geológicos en
el bloque Demerara; así como las del buque Deepwater Champion en el bloque
Stabroek, ilegalmente adjudicado a las empresas Exxon Mobil y Shell, la primera
de las cuales ha anunciado el descubrimiento de un muy importante yacimiento en
la zona.
En
el 2015 se llevan a cabo las elecciones generales en la República Cooperativa
de Guyana, resultando ganador, con el apoyo de Estados Unidos, el candidato de
la oposición David Arthur Granger, un militar formado en las escuelas gringas,
una de cuyas primeras acciones como presidente electo fue visitar la plataforma
petrolera Deepwater Champion de la Exxon Mobil. Ese mismo año ante las
reiteradas negativas de Guyana de ponerse de acuerdo para nombrar un nuevo
oficiante, Venezuela solicita a Ban Ki-moon la convocatoria de Guyana para
proceder a nombrarlo de común acuerdo.
En
enero del 2018 Antonio Guteres, nuevo secretario general de la ONU que
estuviese desempeñándose como buen oficiante desde la salida de Ban Ki-moon
recomendó acudir a la Corte Internacional de Justicia, algo que fue denunciado
por Venezuela por constituir una extralimitación de sus funciones así como una
violación del “Acuerdo de Ginebra”.
Señalando
apoyarse en esa recomendación es a finales de marzo del mismo 2018, Guyana
introdujo unilateralmente una solicitud para dilucidar el conflicto ante la
Corte Internacional de Justicia de La Haya, contando para ello con el apoyo
financiero, público y notorio y comunicacional, de la Exxon Mobil (1);
solicitud que según el comunicado emitido oportunamente por nuestra cancillería
violenta el preámbulo del “Acuerdo de
Ginebra” de 1966, el cual establece, taxativamente, que la controversia
debe ser “amistosamente resuelta en forma
que resulte aceptable para ambas partes”, al mismo tiempo que vulnera su
Artículo I, dado que no conduce a “soluciones
satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia”. En otro aparte
dicho comunicado a la vez que insta al gobierno de Guyana a retomar la senda
del Acuerdo de Ginebra, le señala enfáticamente que recurrir al arreglo
judicial para dirimir la controversia, resulta inaceptable, estéril e
inaplicable, dado que la República Bolivariana de Venezuela no reconoce como
obligatoria la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia, y en este
sentido, ha sido siempre consecuente con su posición histórica de hacer expresa
reserva o no ser signataria de ningún instrumento jurídico internacional que
contenga cláusulas compromisorias que otorguen jurisdicción obligatoria a la
referida Corte.
El
conflicto se mantiene pendiente y resulta imposible dejar de considerar que los
últimos movimientos de Guyana constituyen una manifestación más del ilegal y
terrible asedio que el imperio norteamericano y sus aliados de la OTAN tienen
montado a la Revolución Bolivariana.
¡Hasta
la Victoria Siempre!
¡Patria
o muerte!
¡Venceremos!
celippor@gmail.com
Caracas, abril 14 de 2018
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